NOTICIAS DE INTERES SOBRE ORGANIZACIONES SINDICALES EN COLOMBIA
La dañina atomización
sindical colombiana
La
causa principal de la atomización es la inestabilidad laboral colombiana
Por: Edwin Palma Egea | Septiembre 04,
2018
Este es un espacio de
expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista
de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2Orillas.
Necesitamos sindicatos grandes,
fuertes, democráticos, pluralistas
Yo no creo en la unanimidad y por lo tanto
tampoco creo en el sindicato único. Puede que haya sindicatos diferentes en una
misma empresa o entidad separados por válidos conceptos ideológicos y políticos
que deben ser tolerados en una democracia. En lo que sí creo es en los
sindicatos grandes, pluralistas y democráticos, que sean capaces de resolver
sus diferencias en el marco de la misma organización sindical y por medio de
los conductos estatutarios previstos. De esos hay varios en el país y conservan
su tradición, su fortaleza y capacidad de negociación colectiva.
Lo anterior lo preciso porque se ha vuelto
costumbre en el país que cualquiera discute, por cualquier perogrullada, al
interior de su sindicato, y va y arma otro. En el Inpec hay ya más de 80
sindicatos, en Ecopetrol 15. Y para fundar un sindicato hoy en día en Colombia
solo se necesitan 25 trabajadores y por cuenta de la sentencia C-465 de 2008, sin
ningún control previo. Un sindicato de este pequeño tamaño, reclama, gracias a
la jurisprudencia constitucional colombiana, los mismos derechos de un
sindicato de 5000 o 10 000 afiliados y esto le está haciendo daño al
sindicalismo.
Existen dos sentencias de la Corte
Constitucional que permitieron esa dispersión y atomización sindical, hay más
de 5 mil personerías jurídicas de sindicatos registradas en el país, mientras
el número de afiliados no crece y la tasa de sindicalización se mantiene en
torno al 5% de todos los trabajadores ocupados del país. Es decir, aumentó el
número de sindicatos pero no los afiliados. En muchas ocasiones, un mismo
trabajador está afiliado a varias organizaciones sindicales y espera que en
todas sea atendido por el empleador por lo que la multiafiliación no significa
necesariamente crecimiento de la tasa de sindicalización o mayor capacidad de
negociación.
La primera de esas sentencias es la C-797 de
2000 que declaró inconstitucional la prohibición que existía en la ley de estar
afiliado a dos organizaciones sindicales. La segunda, es la C-063 de 2008 que
concluyó que todos los sindicatos, por minoritarios que fueran, tenían derecho
a la negociación colectiva, autónoma, independiente y que no era necesario que
el sindicato mayoritario los representara como ocurría antes de esa sentencia.
Ahora cada sindicato quiere su propia
convención y es una aspiración válida pero inconveniente. La jurisprudencia de
la Corte Suprema ha señalado que si bien es cierto cada sindicato tiene derecho
a su propio convenio colectivo, un afiliado solo puede beneficiarse de una, y
eso, en cierta medida, le pone límites a esa dispersión sindical y de
negociación colectiva, pero sobre todo al acomodo del trabajador multiafiliado.
Pero veamos, si bien es cierto que la
atomización sindical es dañina para el mismo sindicalismo y enreda el manejo de
las relaciones laborales de los empleadores, miremos porqué se está dando este
fenómeno.
La causa principal de la atomización es la
inestabilidad laboral colombiana. Los empleadores no quieren que los
trabajadores armen muchos sindicatos para protegerse, pero también quieren que
se hagan más flexibles y más baratas las indemnizaciones por despidos
injustificados. Quieren el mejor de los mundos.
Son escasas las convenciones colectivas en el
país que prevén cláusulas de estabilidad laboral. Hoy el empleador despide
pagando tasas absurdas de indemnización porque también así se lo permite la
ley. Por esto muchos trabajadores encuentran en los fueros y sindicatos alguna
forma de protección de la estabilidad laboral, aun cuando la jurisprudencia
constitucional ha señalado que el fuero que se obtiene del ejercicio del
derecho de asociación sindical es para proteger los intereses colectivos y no
la estabilidad laboral individual de los trabajadores. A este fenómeno lo ha
llamado “abuso del derecho de asociación”.
Por eso, si bien es cierto que la dispersión
sindical propiciada por los trabajadores está mal, la inestabilidad laboral de
los mismos también está mal. Donde existan sindicatos se deberían negociar
cláusulas de estabilidad laboral de los trabajadores que hagan posible
conciliar los dos extremos aquí vistos. Y la ley también debe devolverles a los
trabajadores garantías para que los trabajadores no sean despedidos sin causas
objetivas.
La ratificación del convenio 135 de la OIT por
parte del Congreso, esa vieja deuda pendiente del gobierno para con el
sindicalismo colombiano, donde se pueden garantizar fueros a los representantes
de los trabajadores en los centros de trabajo, también podría ayudar a quitarle
espacio al nacimiento de nuevos sindicatos de papel.
Se
requiere una reforma constitucional
que distinga los conceptos de representación y representatividad
y que limite el derecho a la negociación colectiva de los sindicatos minúsculos
que distinga los conceptos de representación y representatividad
y que limite el derecho a la negociación colectiva de los sindicatos minúsculos
Pero sin duda, se requiere, a mi modo de ver,
una reforma constitucional que distinga los conceptos de representación y
representatividad y que limite el derecho a la negociación colectiva de los
sindicatos minúsculos. Algo que no atenta contra la doctrina de OIT y que puede
resultar necesario para la creación de sindicatos fuertes, quizá no únicos,
pero si unitarios y deje en el pasado la dispersión y la atomización.
El sindicalismo colombiano necesita dar la
discusión sobre el tema y plantear una “autorreforma” que surja de sus entrañas
y se la proponga al Estado. Este es un asunto que preocupaba al gobierno
saliente, que preocupa al gobierno entrante, a los empleadores, pero también
nos debe preocupar a los sindicalistas. Necesitamos sindicatos grandes,
fuertes, democráticos, pluralistas. No necesitamos cascarones sindicales,
mercaderes de fueros y sin capacidad de negociación.
La discusión está al orden del día. Y podemos
hacer algo antes de que nos salga de las manos a todos.
APORTE DE: ANDRÈS HERNANDO BARRETO ATANACHE
Andres Hernando Barreto: En esta noticia el columnista señala la preocupación sobre la creación de sindicatos sin restricción mayor a su numero mínimo de integrantes, lo cual deja entrevisto que el Inpec tenga más de 80 sindicatos, y que ya no son representativos por el de mayor cantidad de asociados, por lo cual propone una revisión de parte del Gobierno Nacional una y reforma a la política sindical de nuestro país con el fin de tener sindicatos pero que sean representativos y no minoritarios para que con ello se realicen acuerdos significativos y que defiendan los derechos de sus asociados.
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