DERECHO SINDICAL
Desde todas las instancias es reconocida como el derecho de todos
los trabajadores a organizarse a través de la “libertad de asociación
sindical” en una instancia que permite condensar los recursos, esfuerzos y
garantías tanto de los trabajadores como empleadores para tener mejores
condiciones laborales que favorezcan los
beneficios colectivos de sus afiliados,
en nuestro país Colombia este derecho se consagro por primera vez a través de
la ley 83 de 1991 que reconoce
derechos fundamentales de todo empleado como es la huelga y la
organización de grupos sindicales.
De esta forma nuestro
CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO en sus
artículos 38 y 39, recalca la importancia y la autonomía de los todos los
empleados a organizarse y hacer parte de grupos sindicales, que a su criterio
apunten a sus intereses colectivos como
empleados; enfatizando además en derechos propios de cada ciudadano como son: La
libertad de expresión de pensamiento y expresión siendo estos últimos garantes de realizarse cualquier tipo de vinculación sindical.
Desde esta libertad
de expresión, se indica entonces que los
grupos sindicales, tiene la posibilidad de consolidar estatutos jurídicos que
demarquen su consolidación desde el
establecimiento de reglas
administrativas, constitución , manejo del patrimonio, causas de liquidación, y
funcionamiento que desde cualquier esfera administrativa tiene validez para su ejercicio legal, De igual
forma vale la pena aclarar que internamente hacer parte de este tipo de
organización implica, aceptar algunas características de inclusión como son: la
aceptación de la voluntad de asociación de las partes, el carácter voluntario que nunca debe
perderse, deben enmarcar la protección de los derechos de los asociados.
Hablar de derecho
sindical colectivo implica hablar de los sindicatos, que son organización que involucran la inclusión de reglas que siempre deben favorecer un
bien colectivo de los que lo conforman, tener
lineamientos de funcionamiento,
periodicidad de reunión para establecer
los fines del servicio, reglas en la administración de los bienes, establecimiento de sanciones e
identificación de procedimientos para la expulsión de cualquiera de sus miembros.
Así mismo es de
mencionar que los grupos sindicales
surgen resultado de la necesidad de realizar un voz activa frente a los derechos y deberes de los trabajadores, que en muchas
ocasiones son atropellados por los
empleadores que en el afán de ejercer su
poder atropellan los derechos de unas
minorías que están dispuestas al
servicio y al disposición, por eso deben
entenderse el derecho sindical colectivo
como la oportunidad de restablecer el bienestar de los trabajadores.
Andres Hernando Barreto: De acuerdo al artículo 353 del Código Sustantivo del Trabajo que de acuerdo al artículo 39 de la Constitución Política que los empleadores y trabajadores tienen derecho a asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos y estos poseen el derecho de unirse o federarse entre sí. Las asociaciones profesionales o sindicatos deben ajustarse en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes, a las normas del Código y estarán sometidos a la inspección y vigilancia del gobierno, en cuanto concierne al orden público. Es importante recodar que se debe cumplir con los lo señalado en la ley para la conformación de las asociaciones y que se deben regir por unos estatutos.
ResponderEliminar